Las Mercancías Peligrosas pueden transportarse con seguridad por vía aérea siempre que se observen determinados principios de forma estricta. En CRCW S.A. cumplimos, sin excepción, toda la Reglamentación sobre Mercancías Peligrosas de la IATA basadas en las Instrucciones Técnicas para el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Conocemos todos los requisitos operativos, que conforman un sistema coordinado para la aceptación y el transporte de mercancías peligrosas de forma segura y eficaz.
Algunas mercancías peligrosas se han identificado como demasiado peligrosas para ser transportadas en cualquier avión y bajo cualesquiera circunstancias; otras están prohibidas en circunstancias normales, pero pueden transportarse con aprobaciones específicas de los estados a quienes concierna; otras están restringidas tan sólo al transporte en aviones de carga, pero la mayoría puede transportarse con seguridad también en aviones de pasajeros, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos.
La Reglamentación sobre Mercancías Peligrosas de la IATA dispone instrucciones de embalaje para todas las mercancías peligrosas aceptables para el transporte aéreo con una gama de opciones para embalajes interiores, exteriores y embalajes únicos. Las instrucciones de embalaje requieren normalmente el uso de embalajes probados de acuerdo a las especificaciones de las Naciones Unidas, sin embargo, éstos no se requieren cuando las mercancías peligrosas se expiden en cantidades limitadas según las disposiciones las instrucciones de embalaje para cantidades limitadas identificadas con la letra “Y”. La Reglamentación limita estrictamente la cantidad de mercancías peligrosas permitidas dentro de esos embalajes con el fin de minimizar el riesgo en caso de producirse un incidente
El transporte de mercancías peligrosas por la via aérea está regulado por OACI y IATA. Las mercancías peligrosas están definidas como aquellas mercancías que reúnen los criterios de una o más de las nueve clases de riesgos de las Naciones Unidas, y cuando es aplicable a uno de los tres Grupos de embalaje de las Naciones Unidas, de acuerdo a las disposiciones de esta sección. Las nueve clases se refieren al tipo de riesgo, mientras que los grupos de embalaje se refieren al grado de peligro dentro de la clase.
División 1.1 — Sustancias y objetos que presentan un riesgo de explosión en masa.
División 1.2 — Sustancias y objetos que presentan un riesgo de proyección sin riesgo de explosión en masa.
División 1.3 — Sustancias y objetos que presentan un riesgo de incendio y un riesgo menor de explosión o un riesgo menor de proyección, o ambos, pero no un riesgo de explosión en masa.
División 1.4 — Sustancias y objetos que no presentan riesgo apreciable.
División 1.5 — Sustancias muy insensibles que presentan un riesgo de explosión en masa.
División 1.6 — Objetos sumamente insensibles que no presentan un riesgo de explosión en masa.
División 2.1 — Gases inflamables
División 2.2 — Gases no inflamables, no tóxicos.
División 2.3 — Gases tóxicos
Esta clase no tiene subdivisiones. La Clase 3 incluye las siguientes sustancias:
(a) Líquidos inflamables.
(b) Explosivos líquidos insensibilizados.
Esta clase no tiene subdivisiones. Ella incluye: líquidos o mezclas de líquidos o líquidos que contengan sólidos en solución o suspensión (por ejemplo: pinturas, barnices, lacas, etc. pero no incluyendo sustancias clasificadas de otra forma de acuerdo a sus características peligrosas) que despidan vapores inflamables a temperaturas no superiores a 60°C en crisol cerrado o de 65,6°C en crisol abierto, normalmente llamado punto de inflamación.
Sustancias que pueden experimentar combustión espontánea; Sustancias que, en contacto con el agua, desprenden gases inflamables.
División 4.1 — Sólidos inflamables, sustancias de reacción espontánea y explosivos sólidos insensibilizados.
División 4.2 — Sustancias que pueden experimentar combustión espontánea.
División 4.3 — Sustancias que, en contacto con el agua, desprenden gases inflamables.
División 5.1 — Sustancias comburentes.
División 5.2 — Peróxidos orgánicos
Sustancias que, sin ser necesariamente combustibles por sí mismas, pueden, por lo general al desprender oxígeno, provocar o favorecer la combustión de otras materias. Esas sustancias pueden estar contenidas en un objeto.
División 6.1 — Sustancias tóxicas.
División 6.2 — Sustancias infecciosas.
Las sustancias tóxicas son sustancias capaces de causar la muerte o dañar la salud humana si se tragan, inhalan o entran en contacto con la piel.
Esta clase no tiene subdivisiones.
Esta clase no tiene subdivisiones.
Sustancias, las cuales por su acción química, pueden ocasionar serios daños al entrar en contacto con los tejidos vivos o, en el caso de una filtración dañarán materialmente o aún destruirán otras mercancías o los medios de transporte.
Esta clase no tiene subdivisiones.
Objetos y sustancias las cuales, durante el transporte, presentan un peligro no cubierto por otras clases.
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